Dell Leasing México logró que un juzgado federal autorizara la separación de computadoras, laptops e impresoras de la masa concursal de la acerera
La crisis financiera de Altos Hornos de México sigue provocando movimientos que impactan directamente en los bienes que durante años formaron parte de la operación cotidiana de la siderúrgica. Ahora, un juzgado federal ordenó retirar mil 592 equipos tecnológicos valuados en más de 21.4 millones de pesos al concluir que pertenecen legalmente a Dell Leasing México.
La decisión fue emitida por el Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Concursos Mercantiles dentro del expediente 19/2023, relacionado con la quiebra de la empresa acerera. La resolución declaró procedente el incidente de separación de bienes promovido por Dell Leasing México, compañía que acreditó ser propietaria de los equipos entregados bajo contratos de arrendamiento.
Los bienes reclamados incluyen computadoras Dell Optiplex, laptops Latitude y Precision, workstations, monitores, impresoras HP LaserJet y escáneres utilizados dentro de oficinas administrativas y áreas operativas de la siderúrgica instalada en Monclova. Todos los equipos fueron entregados entre los años 2017 y 2019 mediante contratos de renta tecnológica.
De acuerdo con la documentación presentada ante el juzgado, el primer bloque de bienes comprendía 339 equipos valuados en casi 300 mil dólares. Posteriormente se añadieron otros 722 equipos tecnológicos con un valor cercano a los 391 mil dólares, mientras que un tercer paquete integró 531 equipos adicionales valuados en más de 435 mil dólares.
La suma total de los bienes reclamados asciende a un millón 126 mil 585 dólares antes de IVA, cantidad que al tipo de cambio actual representa aproximadamente 21.4 millones de pesos mexicanos. El caso se convirtió en uno de los procesos más relevantes relacionados con recuperación de activos tecnológicos dentro de la quiebra de la histórica siderúrgica coahuilense.
Durante el procedimiento judicial, el síndico Víctor Manuel Aguilera Gómez sostuvo que los equipos eran necesarios para preservar información y mantener operaciones administrativas de la empresa quebrada. También advirtió que retirar esos bienes podría afectar una eventual venta de activos de AHMSA como unidad productiva.
Sin embargo, la jueza Ruth Haggi Huerta García concluyó que los argumentos no eran suficientes para impedir la separación de los bienes, debido a que la Ley de Concursos Mercantiles establece que pueden recuperarse aquellos equipos cuya propiedad nunca haya sido transferida definitivamente a la comerciante concursada.
La resolución también destaca que los equipos reclamados ni siquiera estaban considerados dentro de la propuesta de enajenación de activos esenciales presentada previamente por el síndico, debilitando así la postura que buscaba mantenerlos dentro de la masa concursal de la siderúrgica.
El juzgado determinó que los contratos celebrados entre Dell Leasing México y Altos Hornos de México solamente otorgaban el uso temporal de los equipos, sin transmitir la propiedad a la acerera. Por ello, ordenó separarlos formalmente de la masa activa y proceder con su devolución inmediata.
Aunque Dell Leasing México también solicitó indemnizaciones por posibles daños, fallas mecánicas, averías o robos detectados al momento de la entrega, la autoridad federal negó esa petición al considerar que dicha reclamación rebasa el alcance jurídico del incidente de separación promovido dentro del concurso mercantil.













