La siderúrgica presentó un recurso de revocación contra el procedimiento especial autorizado para la venta de bienes de la masa concursal, al considerar que vulnera la igualdad entre acreedores y excede lo permitido por la ley.
Cuando el proceso de quiebra de Altos Hornos de México parecía encaminarse hacia una nueva etapa con la venta de sus activos, la empresa decidió abrir una nueva batalla legal. La acerera interpuso un recurso de revocación para impugnar las reglas aprobadas por el juzgado que conducirán la eventual subasta de sus bienes.
El recurso fue promovido por Gabriel Iván Sarabia Zúñiga, representante legal de AHMSA, quien solicita dejar sin efectos el acuerdo emitido el 3 de junio de 2026, mediante el cual se autorizó el procedimiento especial de venta propuesto por el síndico encargado de administrar la quiebra.

La empresa sostiene que el mecanismo aprobado va más allá de lo que permite la Ley de Concursos Mercantiles y modifica de manera indebida la estructura del procedimiento. Según su planteamiento, ciertas disposiciones terminan otorgando a acreedores garantizados una influencia que no está prevista en la legislación vigente.
Uno de los argumentos centrales señala que algunos acreedores podrían adquirir capacidad para intervenir de forma determinante en la autorización o desarrollo de las operaciones de venta. Para AHMSA, esta situación rompe con el diseño legal que reserva esas facultades al síndico y a la autoridad judicial.
La compañía considera que la figura aprobada crea una especie de derecho de veto encubierto para determinados acreedores, permitiéndoles influir en decisiones que afectan a toda la masa concursal. A su juicio, esto altera la igualdad que debe existir entre todos los participantes del procedimiento.
En el documento se advierte que la quiebra tiene como propósito maximizar el valor de los bienes disponibles para lograr la mayor recuperación posible en beneficio del conjunto de acreedores. Por ello, afirma que ningún grupo debería tener facultades especiales para imponer condiciones sobre las ventas.
AHMSA también cuestiona que se hayan incorporado ventajas procesales exclusivas para ciertos acreedores garantizados, incluyendo mecanismos de participación preferente en los procesos de adquisición de activos y posibilidades de negociación que no estarían disponibles para otros interesados.
La empresa argumenta que la ley reconoce preferencias económicas en el cobro de créditos, pero no privilegios procesales que permitan influir directamente en la conducción del concurso mercantil. Desde su perspectiva, ambos conceptos son distintos y no deben confundirse.
Otro de los puntos controvertidos se relaciona con las reglas para las posturas dentro de las futuras subastas. La siderúrgica sostiene que establecer referencias diferenciadas para las ofertas genera incertidumbre y coloca a algunos participantes en condiciones más favorables que otros.
De acuerdo con el recurso, la venta de los activos debería desarrollarse mediante un esquema abierto y uniforme que garantice igualdad de oportunidades para todos los postores. La empresa considera que cualquier condición especial podría afectar la transparencia y competitividad del proceso.
La impugnación también pone la mirada sobre una figura que permitiría a determinados acreedores utilizar el valor de sus créditos como parte de una eventual adquisición de activos. AHMSA sostiene que este mecanismo guarda similitudes con modelos utilizados en otros países, pero carece de regulación expresa en México.
Por ello, argumenta que la incorporación de una herramienta semejante dentro del concurso mercantil mexicano requiere una base legal específica que actualmente no existe. En consecuencia, considera que su aprobación representa una innovación jurídica que excede las facultades del juzgado.
La empresa insiste en que las decisiones dentro de la quiebra deben responder al interés colectivo de la masa concursal y no a intereses individuales. Según su postura, permitir que determinados acreedores tengan influencia privilegiada podría retrasar o incluso frustrar operaciones favorables para todos los involucrados.
Además, advierte que los créditos laborales, así como diversos gastos asociados al procedimiento, poseen una relevancia especial dentro del orden de prelación previsto por la ley, por lo que cualquier mecanismo que altere ese equilibrio podría generar consecuencias importantes para el desarrollo del concurso.
El recurso presentado por AHMSA coloca nuevamente bajo análisis el modelo de venta de activos que se pretende implementar en la quiebra de la empresa. Mientras la resolución judicial es revisada, el proceso suma un nuevo episodio de confrontación legal que podría influir en el calendario y las condiciones bajo las cuales se realizará la esperada subasta de los bienes de la histórica siderúrgica mexicana.












