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Caos y Litigio en AHMSA: Acreedores Se Rebelan contra la Sindicatura por Cálculos Opacos y Salarios Millonarios

Una ola de impugnaciones frena el proceso en el Juzgado Segundo de Distrito, donde múltiples partes exigen cuentas claras al síndico y denuncian graves inconsistencias financieras.

El proceso de quiebra de Altos Hornos de México se encuentra sumido en una profunda crisis legal después de que los involucrados respondieran enérgicamente a las recientes actuaciones del síndico Víctor Manuel Aguilera Gómez. La publicación del cálculo preliminar de la cuota concursal y de los listados de créditos laborales ha provocado un rechazo generalizado entre los principales actores del juicio mercantil, quienes acusan una total falta de transparencia y errores técnicos inadmisibles.

Los diversos escritos presentados ante los tribunales coinciden en que la Sindicatura ha entregado información incompleta y basada en cifras arbitrarias. Para los afectados, la ausencia de una metodología explícita y de soportes contables verificables destruye cualquier posibilidad de defensa, violentando los principios básicos de equidad y legalidad que deben regir en una liquidación de esta magnitud.

Posturas e Inconformidades de los Involucrados

  • Caterpillar Crédito, S.A. de C.V. (por conducto de José Luis Delgado Montoya): Cuestionó la validez de privilegiar el crédito de Pemex mediante acuerdos previos y alertó sobre la presencia de montos multimillonarios inusitados en la categoría de créditos laborales no preferentes, los cuales benefician directamente a exfuncionarios, accionistas y consejeros, afectando el reparto equitativo.
  • Cargill Financial Services International, Inc. (representada por Juan José Iturbe López): Rechazó categóricamente el cálculo por carecer de motivación legal, señalando que se omitieron deducciones obligatorias de bienes no gravados, se excluyó indebidamente a Afirme alterando la proporción de la cuota, y no existe certeza jurídica para aplicar su participación en la subasta.
  • Altos Hornos de México, S.A.B. de C.V. (a través de Gabriel Iván Sarabia Zúñiga): Si bien urgió a agilizar la venta de activos, reprochó que la cuota concursal sea una simple afirmación sin sustento técnico y calificó de contradictorio establecer un valor de referencia del 85% para luego aceptar posturas menores, además de rechazar cualquier intento de otorgar un poder de veto o ventajas indebidas a los acreedores garantizados.
  • Komatsu Maquinarias México, S.A. de C.V. y Joy Global México, S.A. de C.V. (por medio de Paola Rivera Lozano): Denunciaron un desacato directo por parte de la Sindicatura al haber omitido por completo la inclusión y el cálculo de la cuota concursal correspondiente a los acreedores comunes, dejándolos en absoluta indefensión ante la falta de certeza sobre posibles remanentes.
  • Chubb Fianzas Monterrey, Aseguradora de Caución, S.A. (representada por Jorge Francisco Valdés King): Descubrió fallas aritméticas severas donde los porcentajes de los acreedores con privilegio especial suman 100.1% en lugar del límite legal, además de reclamar que su crédito reconocido fue subestimado drásticamente en las tablas y exigir reservas financieras ante su apelación pendiente.
  • Petróleos Mexicanos – Pemex (por conducto de Ángel Roque Servín): Evidenció la ausencia total de memorias de cálculo y fórmulas que justifiquen los porcentajes asignados, además de reportar discrepancias inexplicables entre los montos de liquidación del avalúo judicial y las cifras utilizadas por el propio síndico.

La continuidad de la enajenación de la unidad productiva queda condicionada a que la autoridad judicial ordene la rectificación y el desglose detallado de todas las operaciones financieras objetadas.

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